Información para emprendedores sobre el tema del BREXIT del taller del Ministerio

03.04.2020
Información para emprendedores sobre el tema del BREXIT del taller del Ministerio

Puede encontrar información general sobre el Brexit para ciudadanos y empresas en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Asuntos Europeos de la República Eslovaca (haga clic en aquí ). ¿Está preparado para el Brexit cuando haga negocios con el Reino Unido? Ponte a prueba: https: //ec.europa.eu/info/sites/info/files/brexit-preparedness-communications-checklist_v3_en.pdf

Contenidos

YO. Estado actual
II. Escenario en caso de no acuerdo sobre futuras relaciones
1. Importación y exportación de mercancías
2. Impuestos indirectos (IVA e impuestos especiales) sobre importaciones y exportaciones
3. Origen preferencial de las mercancías
4. Comercio de servicios
5. Licencias de importación/exportación exigidas por la legislación de la Unión
6. Comercio electrónico
7. Contratación pública
8. /> 9. origen de las energías renovables
10 Derechos de los consumidores tras un Brexit severo
11. Contacto


I. Estado actual

Debido a la turbulencia política interna en el Reino Unido, que no permitió la aprobación del acuerdo de salida en el parlamento, la fecha límite original del Brexit del 29 de marzo de 2019 se prorrogó dos veces a pedido del primer ministro T. May, primero hasta el 30 de junio de 2019 y posteriormente hasta el 31 de octubre de 2019. En julio de 2019, T. May fue sustituido como Primer Ministro por B. Johnson, quien renovó las renegociaciones del acuerdo de salida con la UE27. Las renegociaciones concluyeron con éxito en octubre de 2019 mediante un acuerdo mutuo sobre "seguros irlandeses", cuyo texto original fue la razón principal de las votaciones anteriores fallidas sobre el acuerdo de salida en el Parlamento británico. Al mismo tiempo, acordó una nueva fecha para el Brexit a partir del 31 de enero. Texto descargar aquí .

El acuerdo de salida fue aprobado tanto por el Parlamento Británico como por el Parlamento Europeo en enero de 2020. El acuerdo de salida prevé un período de transición a partir del 1.2.2020 hasta el 31.12.20 . El período transitorio podrá prorrogarse de mutuo acuerdo. Durante el período transitorio, el Reino Unido cumplirá la legislación de la UE ("acervo comunitario"), pero ya no podrá participar en su creación o cambios.

En la práctica, esto significa que durante el período de transición, la situación de los operadores económicos no cambia de facto con respecto a la situación anterior a la salida . Los operadores económicos podrán exportar sus productos al Reino Unido y proporcionar productos del Reino Unido servicios en el mismo régimen que hoy, es decir, sin restricciones adicionales, con certificados y licencias existentes y aún vigentes. Este comercio ya no estaría sujeto a aranceles aduaneros, cuotas de importación o arreglos fiscales adicionales, u otras barreras. Nada cambiará en la realidad cotidiana ya que el Reino Unido sigue sujeto a las normas del mercado interior único en el ámbito comercial y económico.

Durante el período de transición, la UE y el Reino Unido negociarán un acuerdo sobre futuras relaciones , que debería entrar en vigor después de la finalización del período transitorio, i. j. a más tardar el 1 de enero de 2021. El acuerdo de relaciones también incluirá el Tratado de Libre Comercio (TLC) . El TLC debería ser lo más completo posible (siguiendo el ejemplo del TLC con Canadá), pero en todo caso habrá un grado de cooperación económica menor que el actual. mercado interior de la UE. Esto significa que el futuro TLC podrá contener diversas restricciones al comercio mutuo de mercancías en forma de aranceles, cuotas de importación, restricciones no arancelarias (restricciones sanitarias y fitosanitarias, restricciones al reconocimiento de normas técnicas, etc.) o barreras al establecimiento y operación de crecimiento proveedores de servicios carga administrativa. En materia de comercio de servicios, el TLC permitiría a la UE y Reino Unido asumir un compromiso mutuo de no aplicar restricciones proteccionistas o discriminatorias en el futuro, salvo aquellas que el país se reserve explícitamente en el denominado documentos de reserva. Los acuerdos tipo TLC también se utilizan en las disposiciones sobre cooperación en la regulación del comercio de servicios, resp. sobre la cooperación en la resolución de disputas.

El acuerdo de salida también incluye a " Irlanda, que se aplicará incluso si no se llega a un acuerdo sobre las relaciones futuras. seguro ”es válido por al menos 4 años a partir del 1 de enero de 2021, a menos que se acuerde lo contrario en el acuerdo sobre relaciones futuras. El seguro deja a Irlanda del Norte en el mercado único de la UE, lo que en la práctica significa que no habrá controles de bienes o personas en la frontera entre la República de Irlanda e Irlanda del Norte.


II. Escenario en caso de no acuerdo sobre futuras relaciones


Información actual de la Comisión Europea sobre el escenario sin acuerdo sobre futuras relaciones:



1. IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES DE BIENES



En ausencia de un acuerdo sobre las relaciones futuras o un acuerdo de libre comercio, La UE y el Reino Unido se convertirán en países no vinculantes en el fin del período transitorio acuerdo comercial recíproco. esto significa que las relaciones comerciales mutuas se regirán únicamente por las reglas del Comercio Mundial (OMC) y ambas partes se aplicarán mutuamente en el comercio medidas que la UE aplica actualmente a otros terceros países con los que no tiene acuerdos comerciales preferenciales. En el comercio de mercancías, esto se aplica en particular a los derechos de importación, así como a los trámites y procedimientos aduaneros relacionados con el despacho de las mercancías.

El Reino Unido aceptará unilateralmente sus propios derechos de importación provisionales, que tendrán una validez máxima de 1 año : los aranceles actuales de la UE, pero aplicará solo a productos sensibles : carne de res y cerdo, cordero, aves, pescado, mantequilla, queso, grasas y aceites comestibles, azúcar, arroz, plátanos, etanol, bebidas alcohólicas, automóviles (< span> partes no estarán sujetas a impuestos), cerámica, fertilizantes, combustibles, textiles y prendas de vestir, neumáticos. Los aranceles cubrirán importaciones de todos los países no preferenciales, incluidos Las preferencias arancelarias solo se aplicarán a las importaciones de países con los que el Reino Unido ya ha negociado acuerdos comerciales preferenciales (p. ej., Chile, Suiza, Israel, Islas Feroe, países ESA - Este y Sudáfrica) y de algunos países en desarrollo bajo el Sistema Generalizado de Preferencias. Al mismo tiempo, el Reino Unido reemplazará a la UE derechos antidumping y compensatorios sobre 43 bienes que están sujetos a medidas de salvaguardia en la UE frente a las importaciones subvencionadas de terceros países (no se aplicará a las importaciones de la UE27).

Paralelamente a la aplicación de los aranceles provisionales, Reino Unido seguirá negociando en la OMC sus nuevos instrumentos de compromiso, que también incluyen nuevos aranceles definitivos. El último borrador de los compromisos del GATT y el AGCS del Reino Unido que se debaten en la OMC está disponible en

Para algunos productos, el Reino Unido puede replicar fácilmente los aranceles incluidos en la lista de compromisos de la UE (como se mencionó anteriormente). Sin embargo, esto no es posible para mercancías sujetas a un arancel Un contingente arancelario significa que una cierta cantidad de mercancías puede importarse con una tasa de arancel reducida o nula. Si las importaciones de estos bienes alcanzan el nivel de un contingente arancelario, se les aplicará una tasa arancelaria más alta. Se han establecido contingentes arancelarios dentro de la OMC para satisfacer la demanda de la UE de 28 Estados miembros . Con respecto al Brexit, la UE compartirá los contingentes arancelarios existentes actualmente asignados a la UE 28 . Sin embargo, el método de división debe ser acordado por los miembros de la OMC interesados ​​, por lo que la UE actualmente Si no es posible celebrar acuerdos sobre la asignación de contingentes arancelarios con todos los miembros de la OMC interesados ​​en la fecha en que se firmó la Carta de la OMC para la La UE dejará de aplicar al Reino Unido, la UE asignará unilateralmente contingentes arancelarios una metodología que está en línea con los requisitos del artículo XXVIII del GATT de 1994 < /span> 27 para la utilización de las importaciones como porcentaje se fijará para cada contingente arancelario individual por un período representativo de tres años 2013-2015). Los contingentes arancelarios actuales para la UE 28 se enumeran en el sitio web de la Dirección Financiera de la República Eslovaca transportado < /span> al territorio aduanero de la UE desde el Reino Unido o para ser exportado desde ese territorio para su transporte al Reino Unido, está sujeto a supervisión aduanera y puede estar sujeto a controles aduaneros de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 182/ 2011. 952/2013 de 9. 2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión. Esto significa, entre otras cosas, que se aplican los trámites aduaneros, se deben presentar las declaraciones de aduanas y las autoridades aduaneras pueden garantizar las deudas aduaneras existentes.

Las mercancías importadas al territorio aduanero de la UE desde el Reino Unido están sujetas al Reglamento (CEE) n.º 2454/93 del Consejo. Reglamento (CEE) nº 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, sobre la nomenclatura arancelaria y estadística y sobre el Arancel Aduanero Común. Esto significa hacer cumplir los deberes aplicables .

Ciertas mercancías que entran o salen de la UE desde el Reino Unido están sujetas a prohibiciones o restricciones por motivos de orden público o seguridad pública, la protección de la salud y la vida de las personas, los animales o las plantas, o la protección de los tesoros nacionales. Se publica una lista de tales prohibiciones y restricciones en el sitio web de la DG TAXUD y está disponible en:

Las mercancías originarias del Reino Unido que se incorporen a mercancías exportadas desde la UE a terceros países ya no se considerarán "contenido de la UE" a los efectos de la política comercial común de la UE. Esto afecta a la capacidad de los exportadores de la UE para acumular mercancías originarias del Reino Unido y puede afectar a la aplicabilidad de los tipos preferenciales acordados por la Unión con terceros países.



2. IMPUESTOS INDIRECTOS (IVA E IMPUESTOS) A LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES



Las mercancías que ingresan al territorio fiscal (IVA) de la UE desde el Reino Unido o se envían o transportan desde el territorio fiscal (IVA) de la UE al Reino Unido se considerarán mercancías de importación o exportación. en el Reino Unido, de conformidad con la Directiva 2006/112/CE de 28 2006 sobre el sistema común del impuesto sobre el valor añadido (en adelante, la "Directiva del IVA"). Esto significa cobrar IVA a las importaciones mientras que las exportaciones están exentas de IVA .

Los sujetos pasivos que deseen acogerse a uno de los regímenes especiales del Título XII, Capítulo 6 de la Directiva del IVA (el denominado régimen de punto único simplificado de contacto o 'MOSS') y que presten servicios de telecomunicaciones, televisión y radiodifusión o servicios electrónicos a personas que no sean sujetos pasivos en la UE, deberán registrarse bajo el MOSS en un Estado miembro de la UE.

Los sujetos pasivos establecidos en el Reino Unido que adquieran bienes o servicios o importen bienes sujetos al IVA en un Estado miembro de la UE y deseen solicitar la devolución de dicho IVA ya no podrán hacerlo por vía electrónica de conformidad con la Directiva del Consejo 2008/9/EC, pero deben reclamarlo de acuerdo con la Directiva del Consejo 86/560/EEC. Los miembros pueden reembolsar el impuesto bajo este condicionalidad.

Una empresa establecida en el Reino Unido que realiza operaciones imponibles en un Estado miembro de la UE puede exigir a ese Estado miembro que designe a un representante fiscal como la persona responsable del pago del IVA de conformidad con la Directiva del IVA.

El movimiento de mercancías que entren en el territorio de impuestos especiales de la UE desde el Reino Unido o que se envíen o transporten al Reino Unido desde el territorio de impuestos especiales de la UE se considerará como una importación o exportación de mercancías con impuestos especiales impuesto de conformidad con la Directiva del Consejo 2008/118/CE, de 16 de diciembre de 2008, sobre el sistema general de impuestos especiales. Esto significa, entre otras cosas, que el Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales (EMCS) ya no se aplicará en sí mismo al movimiento suspendido de productos sujetos a impuestos especiales de la UE al Reino Unido, que se considerará una exportación, la supervisión de los impuestos especiales termina en el punto de salida de la UE. Por lo tanto, se requerirá una declaración de exportación y un documento administrativo electrónico (e-AD) para el movimiento de productos sujetos a impuestos especiales al Reino Unido. Los trámites aduaneros deberán completarse antes de que los productos sujetos a impuestos especiales puedan transportarse desde el Reino Unido a la UE antes de que puedan transportarse bajo el sistema EMCS.

Trámites aduaneros tras el Brexit: https://www.financnasprava.sk/sk/danovi-a-colni-specialisti/clo/brexit.

los bienes importados en la UE de terceros países con los que la UE tiene acuerdos comerciales preferenciales están sujetos a un trato arancelario preferencial si cumplen con los normas de origen preferenciales. Al determinar el origen preferencial de los bienes producidos en un tercer país con el que la UE tiene un acuerdo comercial preferencial, los insumos de estos bienes originarios de la UE (materiales y operaciones de procesamiento bajo ciertos acuerdos) se consideran originarios de ese país (acumulación y procedimientos determinaciones de origen preferencial se enumeran en los acuerdos comerciales preferenciales pertinentes y pueden variar de un acuerdo a otro. Para obtener una lista de todos los acuerdos preferenciales de la UE con terceros países, visite

Origen de las mercancías por las autoridades gubernamentales de origen") o por los propios exportadores (previa autorización o registro) en "declaraciones" o "certificados" de origen extendidos en documentos comerciales. El origen de las mercancías podrá, a solicitud de la Parte importadora, estar sujeto a verificación por parte de la Parte exportadora.

Como prueba del cumplimiento de los requisitos de origen, el exportador obtiene de sus proveedores documentación de respaldo (como "declaraciones de proveedores") que permite a la UE rastrear procesos de producción y entrega de materiales hasta la exportación del producto final. Para este propósito Los exportadores y productores de la UE tienen sistemas contables, registros y documentos de respaldo especializados a su disposición en la UE.



CONSECUENCIAS DEL REINO DEL REINO UNIDO

A partir de la fecha de retirada, el Reino Unido se convertirá en el tercer país al que cesarán los acuerdos comerciales de la UE con terceros países. Los insumos del Reino Unido (materiales u operaciones de procesamiento) se consideran "no originarios" en el acuerdo comercial preferencial al determinar el origen preferencial de las mercancías que incluyen estos insumos. Esto significa:



Bienes exportados desde la UE:

A partir de la fecha de retirada, un país con el que la UE tenga un acuerdo de libre comercio puede considerar que las mercancías que tenían un origen preferencial en la UE antes de la fecha de retirada ya no cumplen las condiciones necesarias en el momento de su importación en ese tercer país, ya que las entradas del Reino Unido no se consideran contenido obsah de verificación del origen de las mercancías exportadas a un tercer país bajo trato preferencial, ese tercer país puede exigir a los exportadores de la UE-27 que prueben su origen en la UE a partir de la fecha de salida, ya que las entradas del Reino Unido ya no se consideran como "contenido de /> < br importado a la UE:

Los insumos del Reino Unido incluidos en bienes obtenidos en terceros países con los que la UE tiene acuerdos comerciales preferenciales e importados a la UE serán "no originarios" a partir de la fecha de salida, en particular en el contexto de acumulación de origen con la UE.

En el caso de la verificación del origen de las mercancías importadas en la UE, los exportadores de terceros países pueden estar obligados desde la fecha de salida a probar el origen preferencial de las mercancías importadas en la UE.



RECOMENDACIONES A LAS PARTES INTERESADAS



Bienes exportados desde la UE:

En vista de las consecuencias anteriores, los exportadores y de la UE-27, que tengan la intención de solicitar un trato arancelario preferencial en un país con el que la UE tiene un acuerdo de libre comercio a partir de la fecha de retirada, recomienda que:

  • al determinar el origen preferencial de sus mercancías en la UE, consideraron que los insumos del Reino eran "no originarios"; y a
  • tomar las medidas adecuadas que les permitan demostrar el origen preferencial de sus productos en la UE en caso de una verificación posterior, sin tener en cuenta las entradas del Reino Unido como "contenido de la UE".



Bienes importados en la UE:

Se alienta a los importadores de la UE-27 a que se aseguren de que el exportador podrá demostrar el origen preferencial de los productos importados en la UE, dadas las consecuencias de la retirada del Reino Unido.


Sitios web de la Comisión de Impuestos y Unión Aduanera:



Del mismo modo, en el ámbito del comercio de servicios, las relaciones comerciales mutuas se complicarán por un aumento de las cargas administrativas, ya que los proveedores de servicios deberán establecerse o registrarse en el país receptor de la misma manera que para los proveedores de servicios de terceros países. Las relaciones mutuas solo se regirán por las normas de la OMC y las reservas pertinentes de la UE y el Reino Unido. Las listas de reservas contienen sectores de servicios en los que la Parte Contratante en cuestión se ha reservado el derecho (pero no la obligación) de adoptar medidas discriminatorias o proteccionistas. Estas listas de reservas en el comercio de servicios son determinadas medida vinculante con el país. Sin embargo, dada la apertura de ambas economías, la UE y el Reino Unido, de hecho, están brindando un acceso a sus mercados significativamente mejor que el que se comprometieron en la OMC. La Carta del Reino Unido y la Carta de la UE estarán disponibles en el sitio web de la OMC:
https: / /www.wto.org/english/tratop_e/serv_e/serv_commitments_e.htm .



5. LICENCIAS DE IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN REQUERIDAS BAJO LA LEY DE LA UNIÓN



En determinadas áreas del derecho de la Unión, determinadas mercancías están sujetas a autorización/aprobación/notificación obligatoria de envíos desde un tercer país a la Unión Europea o viceversa (en lo sucesivo, "importación/ licencias de exportación"). En la mayoría de los casos, no se requiere una licencia para envíos dentro de la Unión o varía. Las licencias de importación/exportación suelen ser emitidas por las autoridades competentes y el cumplimiento se verifica como parte de los controles aduaneros en la Unión Europea.

A partir de la fecha de salida, si la importación/exportación de mercancías está sujeta a un requisito de licencia según la legislación de la Unión, los envíos desde los 27 Estados miembros de la UE al Reino Unido y viceversa requerirán dicha licencia de importación/exportación.

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LICENCIAS DE IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN EXPEDIDAS POR EL REINO UNIDO COMO ESTADO MIEMBRO DE LA UE BAJO LA LEY DE LA UNIÓN

La legislación de la Unión puede prever la posibilidad de que las licencias de importación/exportación sean emitidas por un Estado miembro distinto del Estado miembro por el que las mercancías entran o salen de la Unión Europea.

A partir de la fecha de retirada, licencias de importación/exportación ya emitidas por el Reino Unido como Estado miembro de la UE en virtud del derecho de la Unión para envíos a 27 países de la UE desde terceros países y viceversa.



BIENES RELEVANTES

Las licencias de importación/exportación existen ampliamente política y para una amplia gama de productos, incluidos los siguientes:




6. TIENDA ELECTRÓNICA



PRINCIPIO DEL PAÍS DE ORIGEN

De conformidad con la disposición sobre el mercado interior (también denominada principio del país de origen) del artículo 3 de la Directiva de comercio electrónico, el proveedor de servicios de la sociedad de la información (los servicios de la sociedad de la información se definen como "cualquier servicio que se preste normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por medios electrónicos y a petición individual del destinatario de los servicios "- véase el artículo 1 (1) (b) , por el que se establece un procedimiento de información en el ámbito de los reglamentos técnicos y de las normas sobre los servicios de la sociedad de la información) a la legislación del Estado miembro de la UE en el que se establezca, y no a las distintas legislaciones de los Estados miembros de la UE en los que se presten sus servicios, si bien esta disposición admite determinadas excepciones. Esta disposición se complementa con una norma que prohíbe los procedimientos de autorización previa y requisitos similares que se aplican específicamente a los proveedores de estos servicios (artículo 4 de la Directiva de Comercio Electrónico). Además, la Directiva establece unos requisitos básicos para la información a facilitar a los usuarios, para la celebración de contratos en línea y para las comunicaciones comerciales en línea (5 a 11 de la Directiva de comercio electrónico). La responsabilidad de los proveedores de servicios intermediarios está limitada en ciertos casos 4 del Capítulo II de la Directiva de Comercio Electrónico).

A partir de la fecha de retirada, los servicios de la sociedad de la información con sede en el Reino Unido y que presten servicios de la sociedad de la información en la UE ya no podrán acogerse al principio del país de origen ni a esta regla, que prohíbe los procedimientos de autorización previa. Ya no estarán sujetos a los requisitos básicos de información establecidos en la Directiva de comercio electrónico. Por lo tanto, las empresas con sede en el Reino Unido que presten servicios de la sociedad de la información en la UE estarán sujetas a la competencia de los distintos Estados miembros de la UE-27. Cada Estado miembro de la EU-27 tendrá derecho a supeditar la prestación de dichos servicios a su legislación nacional, que podrá incluir procedimientos de autorización o normas sobre la información que se facilitará a los usuarios. Para los proveedores de servicios intermediarios con además, las responsabilidades establecidas en la Directiva de comercio electrónico ya no se aplicarán en el Reino Unido.



NEUTRALIDAD DE LA RED

El Reglamento (UE) 2015/2120 sobre la Internet abierta establece normas comunes para garantizar un trato igualitario y no discriminatorio del tráfico en la prestación de servicios de acceso a Internet y los derechos de los usuarios finales relacionados. Aunque estas normas ya no se aplicarán al Reino Unido a partir de la fecha de retirada, seguirán rigiendo la prestación de servicios de acceso a Internet en la UE-27, independientemente de dónde esté establecido el proveedor de servicios de la sociedad de la información.

Puede encontrar información general sobre el comercio electrónico y los servicios de la sociedad de la información en href = "https://ec.europa.eu/digital-single-market/en/e-commerce-directive"> https: // ec .europa.eu / digital-single-market / es / e-commerce-directive .

Esta página será por si acaso actualizado por otros relacionados con la retirada del Reino Unido.

La directiva de comercio electrónico cubre, por ejemplo, los servicios de información en línea (como los periódicos en línea), las ventas en línea de productos y servicios (libros, servicios financieros y servicios de turismo), la publicidad en línea, los servicios profesionales (abogados, médicos, agentes inmobiliarios), servicios de entretenimiento y servicios básicos de intermediación (acceso a Internet, transmisión y alojamiento de información, es decir, almacenamiento de información en una computadora host). Estos servicios también incluyen servicios prestados al destinatario de forma gratuita, que se financian, por ejemplo, mediante publicidad o contribuciones de patrocinio.



7. CONTRATACIÓN PÚBLICA



Con sujeción a las disposiciones transitorias que puedan establecerse en un posible acuerdo de retirada, la legislación sobre contratación pública de la UE dejará de aplicarse en el Reino Unido a partir de la fecha de retirada. Los operadores económicos que deseen participar o ya estén participando en procedimientos de contratación pública en el Reino Unido ya no estarán cubiertos por ninguna garantía relacionada con la legislación de contratación pública de la UE
. La lista de instrumentos que componen el acervo de la UE en el campo de la contratación pública está disponible en https://ec.europa.eu/commission/sites/beta- Political/files/public_procurement.pdf .

Implicaciones para los procedimientos de contratación pública iniciados por las autoridades de los Estados miembros de la UE en la fecha de retirada:

  • Los operadores del Reino Unido tendrán el mismo estatus que todos los demás países terceros con los que la UE no tiene ningún acuerdo de mercado de contratación pública. Estarán, por tanto, sujetos a las mismas reglas que cualquiera de los terceros sin perjuicio de la posible futura adhesión del Reino Unido al Acuerdo sobre Contratación Pública en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
  • El artículo 85 de la Directiva 2014/25/UE, que regula los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes por parte de entidades que operan en los sectores de agua, energía, transporte y servicios postales, establece que las ofertas presentadas en la UE pueden ser rechazadas si: la proporción de productos originarios de terceros países con los que la UE no ha celebrado un acuerdo que proporcione a las empresas de la UE un acceso comparable y efectivo a los mercados de estos terceros países supera el 50 % del valor total de los productos que componen la oferta. Aunque tales ofertas no den lugar a la adjudicación de un contrato, existen ofertas equivalentes con menos del 50 % de los productos originarios de terceros países. Por lo tanto, para este tipo de contratación pública de la UE, las ofertas que contengan más del 50 % originarios del Reino Unido o de terceros países, sean rechazados o no puedan dar lugar a la adjudicación de un contrato.
  • Tal como se indica en el considerando 18 de la Directiva 2009/81/CE, que regula los procedimientos de contratación por parte de los poderes o entidades adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad8, los Estados miembros de la UE conservan la facultad de decidir si sus poderes y entidades adjudicadores pueden permitir operadores de terceros países para participar en procedimientos de contratación de defensa y seguridad. Por lo tanto, los operadores económicos del Reino Unido pueden quedar excluidos de la traducción de ofertas en el ámbito de la defensa y la seguridad.
  • Además, el artículo 22 de la Directiva 2009/81/CE establece que los Estados miembros reconocerán las habilitaciones de seguridad que consideren equivalentes a las habilitaciones de seguridad emitidas de conformidad con su legislación nacional. El Reino Unido dejará de ser miembro de la Unión a partir de la fecha de retirada, Los Estados miembros de la UE ya no estarán obligados a reconocer las habilitaciones de seguridad obtenidas por los operadores en el Reino Unido, incluso si las consideran equivalentes a sus habilitaciones de seguridad nacionales. Esto puede conducir a la exclusión de los clústeres de seguridad del Reino Unido de los procedimientos de contratación de defensa y seguridad de la UE.

Con respecto a los procedimientos de contratación que no se completarán antes de la fecha de retirada, la UE busca acordar con el Reino Unido soluciones en el acuerdo de retirada. Los principios básicos que sustentan la posición de la UE sobre los procedimientos abiertos de contratación están disponibles en:

Acuerdo sobre Contratación Pública (GPA) en el marco de los compromisos de la OMC < / span> después de su retirada de la UE y presentó una oferta de su carta de compromiso en el ámbito de la contratación pública. La UE ha apoyado este proceso. En la reunión del Comité GPA del 28 de febrero de 2019, todas las partes del GPA acordaron la adhesión del Reino Unido al GPA. Ante la prórroga del proceso de retirada del Reino Unido en 6 meses, el Comité del ACP aprobó el 26 de junio de 2019 la ampliación del plazo para que el Reino Unido deposite su instrumento de adhesión al ACP en la medida aplicable al Reino Unido . Su objetivo era mantener el mismo nivel de acceso al mercado para otras partes contratantes después de su adhesión al ACP. acuerdos. En cuanto a la repetición de los términos de la Carta de Obligaciones de la UE, el Reino Unido debe realizar ajustes técnicos para tener en cuenta el hecho de que la legislación de la UE ya no se aplicará en el Reino Unido. El ACP se aplicará al Reino Unido como Estado miembro de la UE hasta la fecha de su retirada de la UE, o hasta el final del período transitorio si la UE y el Reino Unido celebran un acuerdo que prevea dicho período transitorio durante el cual la Unión se aplicaría la ley. también al Reino Unido.



8. ENERGÍA



Sin perjuicio de las medidas que puedan establecerse en el acuerdo de retirada, a partir de la fecha de retirada de la legislación de regulación del mercado energético de la UE ya no se aplicará a los Estados Unidos . Esto tendrá las siguientes consecuencias :



COMPENSACIÓN ENTRE OPERADORES DE SISTEMAS DE TRANSMISIÓN (TSO)

En el Reglamento (CE) No. Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo Reglamento del Consejo (CE) No El Reglamento (CE) nº 714/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a las condiciones de acceso al sistema de intercambios transfronterizos de electricidad (véanse en particular los artículos 13 y 14) establece los principios de la compensación mecanismo aplicado entre los TSO y los cargos de acceso a la red.

Sobre la base de estos principios, el Reglamento (UE) de la Comisión n. Reglamento (UE) n.º 838/2010 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2010, por el que se establecen directrices relativas a un mecanismo de compensación entre los gestores de redes de transporte y un enfoque normativo común para la tarificación del transporte (véanse en particular los puntos 2 y 3 del anexo A) de los que son responsables los GRT de la UE para recibir flujos transfronterizos de electricidad en sus redes. Esto reemplaza los cargos explícitos por el uso de interconectores.

En lo que respecta a las importaciones y exportaciones de electricidad de terceros países, el Reglamento (UE) n.º de la Comisión El Reglamento (UE) n.º 838/2010 (punto 7 del anexo A del Reglamento (UE) n.º 838/2010 de la Comisión) establece que para todos electricidad de todos los terceros países que no hayan aceptado un acuerdo que aplique el Derecho de la Unión, deberá pagarse una tasa por el uso del sistema de transmisión. A partir de la fecha de retirada, esta disposición también se aplicará a las importaciones de electricidad del Reino Unido y sus exportaciones al Reino Unido.



CONECTIVIDAD ENERGÉTICA

La legislación del mercado de gas y electricidad de la UE establece reglas para la asignación de capacidades de interconexión y mecanismos para facilitar la implementación de dichas reglas. Específicamente:

El Reglamento (UE) 2016/1719 de la Comisión (véanse los artículos 48 a 50 del Reglamento (UE) 2016/1719 de la Comisión, de 26 de 2016, por el que se establecen las directrices para la asignación de capacidades a largo plazo) establece una plataforma única para la asignación de capacidad a largo plazo de Interconectores TSO. La plataforma es un punto de contacto central para los participantes del mercado con el fin de reservar transmisiones a largo plazo. dentro de la UE;
  • El Reglamento (UE) 2017/2195 de la Comisión (véanse los artículos 19 a 21 del Reglamento (UE) 2017/2195 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017, por el que se establecen directrices sobre el equilibrio del sistema eléctrico) establece Plataformas Europeas de Energía Reguladora de intercambio de productos reguladores estándar. Estas plataformas, como puntos únicos de contacto, permiten a los TSO de la UE obtener energía regulatoria transfronteriza y poco antes de su uso;
  • El Reglamento (UE) 2015/1222 de la Comisión (véanse los capítulos 5 y 6 del Reglamento (UE) 2015/1222 de la Comisión, de 24 de julio de 2015, por el que se establecen las directrices para la asignación de capacidad y la gestión de la congestión) establece los mercados de electricidad de día único e intradiario en la UE . Esto facilita que los participantes del mercado organicen transacciones transfronterizas en el comercio de electricidad dentro de la UE poco antes del tiempo de entrega. Las interconexiones del mercado intradiario y del día único son herramientas fundamentales para la integración del mercado interior con electricidad El Reglamento (UE) 2015/1222 también establece requisitos comunes para la designación de operadores del mercado eléctrico designados en el contexto de la interconexión del mercado. Sus funciones incluyen la aceptación de órdenes de los participantes del mercado, teniendo la responsabilidad general de casar y asignar las órdenes de acuerdo con los resultados de la interconexión del mercado único diario e intradiario, publicar los precios, así como compensar y liquidar los contratos derivados de las transacciones comerciales en virtud de los acuerdos pertinentes entre los participantes. y legislación. Los candidatos del mercado de la electricidad tienen derecho a ofrecer sus servicios en Estados miembros distintos de aquellos en los que están designados.
  • A partir de la fecha de retirada, los operadores que operen en Reino Unido dejarán de participar en una plataforma única de asignación de capacidades de interconexión a largo plazo, plataformas europeas con energía regulada y una única interconexión de energía diaria y mercados. Los operadores del mercado eléctrico designados con sede en el Reino Unido se convertirán en operadores de terceros países y ya no serán elegibles para proporcionar servicios de interconexión de mercado en la UE.



    COMERCIO DE ELECTRICIDAD Y GAS

    En el Reglamento (UE) No El Reglamento (UE) n.º 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la integridad y transparencia del mercado mayorista de energía prohíbe el abuso de mercado en los mercados mayoristas de electricidad y gas de la UE. Para enjuiciar los casos de abuso de mercado, el artículo 9 (1) 1 nariadenia (UE) č. 1227/2011 de los participantes del mercado de la UE para registrarse con su regulador nacional de energía. Los participantes en el mercado de terceros países deben registrarse con los reguladores nacionales de energía del Estado miembro en el que operan.

    A partir de la fecha de retiro, los participantes del mercado con sede en los Estados Unidos convertirse en participantes de terceros países. Por lo tanto, de conformidad con el artículo 9 (1) 1 nariadenia (UE) č. De conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1227/2011, los participantes establecidos en el Reino Unido que deseen seguir comerciando con productos energéticos al por mayor de la UE deberán registrarse en el regulador nacional de energía del Estado miembro en el que operen. Según el artículo 9 párr. 4 nariadenia (UE) č. 1227/2011, el formulario de registro debe presentarse antes de la conclusión de la transacción, lo que debe garantizar que se presenten las disposiciones de aplicación previstas en los artículos 13 a 18 del Reglamento (UE) n.º 1227/2011. 1227/2011 podría ser efectivamente responsabilidad del regulador nacional, que registró a los participantes del mercado del Reino Unido.



    INVERSIONES PPS

    Directiva 2009/72/CE (12 Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de julio de 2009 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad) y Directiva (Directiva 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural) regula la certificación de los TSO. De conformidad con el artículo 11 de la Directiva 2009/72/CE y la Directiva 2009/73/CE, la certificación de los TSO controlados por personas de terceros países está sujeta a normas específicas. En particular, las Directivas requieren que los Estados miembros y la Comisión evalúen si otorgar la certificación al TSO en cuestión, que está controlado por personas de terceros países, pondría en peligro la seguridad energética del Estado miembro y de la UE.

    Se considera que los TSO controlados por inversores del Reino Unido en la fecha de retirada están controlados por un tercer país. Para que estos TSO puedan seguir operando en la UE, necesitan la certificación de acuerdo con el artículo 11 de la Directiva 2009/72/CE y la Directiva 2009/73/CE. Los Estados miembros pueden denegar la certificación si su concesión constituye una amenaza para la seguridad del suministro en el Estado miembro.



    La Directiva 94/22/CE (Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y utilización de autorizaciones para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos) establece normas para la autorización de prospección, exploración y extracción de hidrocarburos. Entre otras cosas, asegura que los procedimientos estén abiertos a todas las entidades y que las autorizaciones se concedan sobre la base de criterios objetivos y publicados. Según el artículo 2 párr. En virtud del artículo 94, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 94/22/CE, los Estados miembros pueden, por motivos de nacionalidad, denegar el acceso a dichas actividades y el ejercicio de las mismas a cualquier entidad que esté prácticamente controlada por terceros países o por terceros países. nacionales.

    Desde la fecha de retiro, Artículo 2 (1) El artículo 2 de la Directiva 94/22/CE se aplicará cuando las autorizaciones hayan sido concedidas o estén Reino Unido o ciudadanos del Reino Unido.

    La información general está disponible en el sitio web de Política Energética de la Comisión ( https://ec.europa.eu/energy/en / casa).

    Este sitio se actualizará con actualizaciones adicionales según sea necesario.



    9. CERTIFICADOS DE ORIGEN DE LA ENERGÍA PROCEDENTE DE FUENTES RENOVABLES


    Sin perjuicio de las medidas transitorias que puedan estar previstas en un posible acuerdo de retirada, la Directiva de Energías Renovables y la Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE sobre eficiencia energética ya se han aplicado al Reino Unido desde el fecha de retiro no se aplicará. En el área de certificados de origen y certificación de instaladores, esto tendrá las siguientes consecuencias en particular:



    CERTIFICADOS DE ORIGEN

    De conformidad con el artículo 15 (<) 2 pautas Los Estados miembros velarán por que se expida un certificado de origen a petición de un productor de electricidad procedente de fuentes de energía renovables. Los certificados de origen se expedirán con el fin de demostrar la participación o la cantidad de energía procedente de fuentes renovables en la combinación energética del proveedor a los clientes finales de conformidad con el artículo 3, apartado 2. 9 de la Directiva 2009/72/CE. De conformidad con el artículo 15 (2) Según el artículo 9 de la Directiva 2009/28/CE, los Estados miembros deben reconocer los certificados de origen de otros Estados miembros.

    Los Estados miembros de la UE-27 dejarán de reconocer los certificados de origen emitidos de conformidad con el artículo 15 2 de la Directiva 2009/28/CE por las autoridades designadas en el Reino Unido a partir de la fecha de retirada.

    De conformidad con el artículo 14 (<) 10 de la Directiva 2012/27/UE, los Estados miembros deben garantizar que el origen de la electricidad producida a partir de cogeneración de alta eficiencia pueda garantizarse de acuerdo con criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios y deben emitir certificados de origen por vía electrónica, cubrirá una cantidad estándar de 1 MWh y contendrá al menos la información establecida en el anexo X. Los Estados miembros se reconocerán mutuamente los certificados de origen.

    Los Estados miembros de la EU-27 dejarán de reconocer los certificados de origen emitidos de conformidad con el artículo 14, apartado 2, a partir de la fecha de retirada. 10 de la Directiva 2012/27/UE por las autoridades designadas en el Reino Unido.

    CERTIFICACIÓN PARA DE conformidad con el Artículo 14 (1) De acuerdo con el artículo 3 de la Directiva 2009/28/CE, los Estados miembros deben garantizar que los sistemas de certificación o sistemas de calificación equivalentes basados ​​en criterios estén disponibles para los instaladores de calderas y hornos de biomasa a pequeña escala, sistemas solares fotovoltaicos y térmicos, sistemas geotérmicos superficiales y calor bombas, establecido en el anexo IV de dicha Directiva. Los Estados miembros deben reconocer los certificados emitidos por otros Estados miembros de acuerdo con estos criterios.

    Miembro La EU-27 ya no reconocerá los certificados de instaladores emitidos por el Reino Unido de conformidad con el artículo 14, apartado 2, a partir de la fecha de retirada. 3 de la Directiva 2009/28/CE.

    La información general está disponible en el sitio web de Política Energética de la Comisión: https: // ec.europa .eu/energy/en/home .

    Este sitio se actualizará con información actual según sea necesario.



    10. DERECHOS DEL CONSUMIDOR TRAS BREXITE HARD



    Tras la retirada del Reino Unido sin la aprobación del acuerdo sobre relaciones mutuas, los ciudadanos eslovacos que compran en el Reino Unido no tendrán garantizado automáticamente el alcance de los derechos de consumo que tienen actualmente en virtud legislación de la UE. La legislación nacional del Reino Unido está actualmente armonizada con la legislación de la UE, pero no El Reino Unido sigue obligado a mantener esta situación. Como resultado, puede haber cambios en la legislación nacional del Reino Unido, lo que puede significar un nivel diferente de protección para los consumidores al que están acostumbrados cuando compran dentro de la UE. Sin embargo, la protección del consumidor en virtud de la legislación de la UE también se aplicará a las compras en el Reino Unido si un comerciante del Reino Unido centrará de manera demostrable su negocio en los consumidores de la República Eslovaca. Por lo tanto, el Ministerio recomienda una mayor vigilancia de los bienes y servicios del Reino Unido.

    Los consumidores de la República Eslovaca tampoco podrán utilizar las plataformas de la UE en disputas con resolución extrajudicial de disputas y resolución de disputas en línea en disputas con comerciantes del Reino Unido. El Centro Europeo del Consumidor en Reino Unido dejará de ser miembro de la Red de Centros Europeos del Consumidor, según el Centro Europeo del Consumidor en la República Eslovaca no podrá contactarlo para brindar asistencia en la resolución de una disputa entre un ciudadano de la República Eslovaca y un comerciante del Reino Unido.

    Si un consumidor eslovaco decide hacer valer sus derechos como consumidor contra un comerciante del Reino Unido ante un tribunal, la retirada del Reino Unido de la UE no tendrá efecto en la acción si el comerciante del Reino Unido ha vendido bienes o servicios al consumidor en el país. que vive. Sin embargo, una decisión de un tribunal de la República Eslovaca en un litigio de consumo no garantizará automáticamente la posibilidad de reconocimiento y ejecución de esa decisión en el Reino Unido. Solo será posible reconocer y ejecutar una sentencia de este tipo si un tribunal del Reino Unido decide, con arreglo a su legislación nacional, reconocer y ejecutar una resolución judicial de un Estado miembro de la UE en disputa.

    Puede encontrar más información sobre los cambios en los derechos y obligaciones de los consumidores tras la retirada del Reino Unido de la UE en el sitio web de la Comisión Europea (

    11. CONTACTO


    En caso de otras cuestiones relacionadas con el Brexit, que son competencia de MH SR, puede ponerse en contacto con nosotros en la dirección de correo electrónico
    brexit@mhsr.sk .



    Fuente: Ministerio de Economía de la República Eslovaca, 3.4.2020